Accidentes de Tráfico

Atropello de Peatón en Cádiz: Indemnización, Responsabilidad y Cómo Reclamar — Tamayo Abogados

28 de febrero de 2026 Por Miguel Ángel Tamayo Martín, Abogado (Col. 1881 ICAC)
Atropello de Peatón en Cádiz: Indemnización, Responsabilidad y Cómo Reclamar — Tamayo Abogados
Guía sobre la reclamación por atropello de peatón en Cádiz: responsabilidad objetiva del conductor, baremo 2026, concurrencia de culpas, secuelas graves y fallecimiento.

El atropello de peatón es uno de los tipos de accidente de tráfico que genera consecuencias más graves, precisamente porque el peatón carece de la protección que proporciona la carrocería de un vehículo. Las lesiones pueden ser de extraordinaria gravedad —traumatismos craneoencefálicos, fracturas múltiples, lesiones medulares— y la indemnización debe reflejar fielmente el alcance real del daño. En Tamayo Abogados, con más de treinta años de experiencia en la defensa de víctimas de accidentes en la provincia de Cádiz, le explicamos cómo se tramita la reclamación por atropello y cómo se determina la indemnización que le corresponde.

Responsabilidad Civil en los Atropellos: el Principio de Riesgo

La responsabilidad del conductor que atropella a un peatón se rige por el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre), que establece un sistema de responsabilidad objetiva o por riesgo: el conductor responde de los daños causados al peatón aunque no haya incurrido en ninguna negligencia. Esto supone una diferencia fundamental respecto al régimen general de responsabilidad civil del artículo 1.902 del Código Civil, donde el perjudicado debe probar la culpa del causante del daño.

Esta responsabilidad objetiva admite únicamente dos causas de exoneración: la culpa exclusiva del perjudicado y la fuerza mayor extraña a la conducción. En la práctica, los tribunales son muy estrictos a la hora de admitir estas exoneraciones: el hecho de que el peatón cruzara fuera del paso de cebra o con el semáforo en rojo no exonera automáticamente al conductor, sino que puede ser valorado como concurrencia de culpas y reducir proporcionalmente la indemnización. Solo si la culpa del peatón fue la causa exclusiva y determinante del accidente, el conductor quedaría exonerado.

Tipos de Lesiones y su Impacto en la Indemnización

La gravedad de las lesiones en un atropello es muy variable y depende de múltiples factores: la velocidad del vehículo en el momento del impacto, la zona del cuerpo golpeada, la edad y condición física de la víctima y las circunstancias del terreno. Las lesiones más frecuentes en atropellos son las siguientes:

Tipo de lesión Gravedad habitual Impacto indemnizatorio
Traumatismo craneoencefálico (TCE) Variable, puede ser grave Muy elevado; posibles secuelas cognitivas permanentes
Fracturas de extremidades inferiores Moderada-grave Alto; larga recuperación, posibles secuelas
Lesión medular Muy grave Máximo; puede implicar gran invalidez
Politraumatismo Grave Alto; múltiples partidas concurrentes
Daño psicológico (TEPT) Variable Indemnizable como secuela o perjuicio particular
Muerte Indemnización a familiares por baremo específico

Cómo se Calcula la Indemnización por Atropello

La indemnización por atropello se calcula aplicando el Sistema de Valoración del Daño Corporal regulado por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, que reformó en profundidad el anterior sistema e introdujo un enfoque más completo del daño. El baremo distingue las siguientes partidas principales, cuyas cuantías se actualizan anualmente por resolución de la Dirección General de Seguros publicada en el BOE:

Perjuicio personal básico: Indemnización por cada día de curación desde el accidente hasta la estabilización de las lesiones, con distintos importes según el nivel de limitación funcional (39,20 €/día básico; 67,96 €/día con baja laboral; 98,02 €/día con hospitalización, según baremo 2026).

Secuelas permanentes: Valoradas mediante puntos baremo asignados por médico especialista, con importes que varían en función de la edad de la víctima y el número de puntos, pudiendo alcanzar cuantías muy elevadas en lesiones graves.

Perjuicio patrimonial: Lucro cesante (diferencia entre ingresos previos y prestación de IT), gastos médicos y de rehabilitación no cubiertos, gastos de desplazamiento, adaptación del hogar o del vehículo en caso de discapacidad.

Gran invalidez: Cuando la víctima necesita la ayuda de terceras personas para las actividades básicas de la vida diaria, se reconoce un importe adicional muy significativo.

Indemnización por fallecimiento: El baremo regula importes específicos para los familiares del fallecido según su relación con la víctima y su situación de dependencia económica.

En los atropellos con lesiones graves, la indemnización total puede ser de decenas o centenares de miles de euros, lo que explica la importancia de contar con un perito médico independiente que valore correctamente las secuelas y un abogado especializado que cuantifique adecuadamente todas las partidas reclamables.

Concurrencia de Culpas: Cuando el Peatón También Contribuyó al Accidente

En muchos atropellos, la conducta de la víctima contribuye en cierta medida al resultado lesivo: cruzar fuera del paso de cebra, hacerlo con semáforo en rojo, ir distraído con el teléfono móvil o circular por vías inadecuadas son circunstancias que los tribunales valoran para determinar el porcentaje de responsabilidad atribuible al peatón. Cuando existe concurrencia de culpas, la indemnización se reduce proporcionalmente al porcentaje de culpa imputado al peatón, pero no desaparece salvo que la culpa del peatón sea la causa exclusiva del accidente.

La determinación del porcentaje de culpa es una cuestión técnica y jurídica que depende del análisis de todas las circunstancias: las condiciones de iluminación, el estado del paso de peatones, la velocidad del vehículo, la señalización de la vía y la posibilidad que tenía el conductor de evitar el atropello. Un abogado especializado puede argumentar eficazmente para reducir el porcentaje de culpa atribuido al peatón y maximizar la indemnización final.

Qué Hacer Inmediatamente Después de un Atropello

Las actuaciones en los momentos inmediatamente posteriores al atropello son determinantes para el resultado de la reclamación. Si el estado de la víctima lo permite, o si hay acompañantes, deben tomarse las siguientes medidas: llamar al 112 para que acudan los servicios de emergencia y la Policía o Guardia Civil; no mover a la víctima salvo que exista peligro inminente; recoger los datos del conductor y el vehículo (matrícula, seguro, nombre); fotografiar el lugar del accidente, la posición de los vehículos, los daños y cualquier señalización relevante; y recoger los datos de los testigos presenciales.

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La atención médica urgente es imprescindible y, además de salvar vidas, genera el primer documento clínico que sustenta la reclamación: el informe de urgencias. Debe recoger con detalle todos los síntomas referidos y el mecanismo del accidente. El seguimiento médico posterior debe ser constante y documentado.

La Reclamación a la Aseguradora: Plazos y Vía Judicial

La reclamación se presenta ante la aseguradora del vehículo que causó el atropello. Si el vehículo carecía de seguro o el conductor se dio a la fuga, la reclamación se dirige al Consorcio de Compensación de Seguros. La aseguradora dispone de un plazo de tres meses para presentar oferta motivada de indemnización o para comunicar las razones de su negativa, conforme a la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación. Si la oferta no es satisfactoria o si la aseguradora la rechaza, la víctima puede interponer demanda civil ante el Juzgado de Primera Instancia, ejerciendo la acción directa contra la compañía aseguradora sin necesidad de demandar previamente al conductor, al amparo del artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro.

El plazo de prescripción de la acción de reclamación es de un año desde la estabilización de las lesiones o desde el conocimiento de las secuelas definitivas, conforme al artículo 7 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro. En los casos de fallecimiento, el plazo comienza a computar desde el fallecimiento para los herederos y perjudicados.

Preguntas Frecuentes sobre Atropellos en Cádiz

¿Puedo reclamar si crucé fuera del paso de cebra?

Sí, aunque su indemnización puede verse reducida si los tribunales aprecian concurrencia de culpas. Cruzar fuera del paso de cebra no exonera automáticamente al conductor: este debe adaptar siempre su velocidad a las condiciones de la vía y a la presencia de peatones. Solo si su conducta fue la causa exclusiva del accidente podría el conductor quedar exonerado de responsabilidad.

¿Pueden reclamar los familiares si el atropellado ha fallecido?

Sí. El baremo de tráfico regula específicamente las indemnizaciones por fallecimiento, reconociendo el derecho a ser indemnizados al cónyuge o pareja de hecho, hijos, padres, hermanos y otros familiares según su relación con la víctima y su situación de dependencia económica. Además, los herederos pueden reclamar las indemnizaciones que hubieran correspondido al fallecido por los días de lesión previos al fallecimiento.

¿Qué pasa si el conductor que me atropelló iba borracho?

La conducción bajo los efectos del alcohol o drogas puede dar lugar a responsabilidad penal por delito contra la seguridad vial, además de la responsabilidad civil. La víctima puede personarse como acusación particular en el proceso penal. La aseguradora del vehículo sigue respondiendo frente a la víctima, aunque puede repetir posteriormente contra el conductor por la parte de la indemnización imputable a la conducta dolosa o de grave negligencia.

¿Es necesario un perito médico para reclamar por atropello?

En atropellos con lesiones moderadas o graves, la intervención de un perito médico independiente especializado en valoración del daño corporal es muy recomendable. La aseguradora dispone de sus propios médicos que tienden a valorar las secuelas a la baja. Un informe pericial independiente que objetive correctamente las lesiones y secuelas puede marcar una diferencia muy significativa en la cuantía final de la indemnización.

Tamayo Abogados — Atropellos y Accidentes de Tráfico en la Provincia de Cádiz

Si ha sufrido un atropello o ha perdido a un familiar en un accidente de tráfico en Cádiz, en Tamayo Abogados le asesoramos y representamos con más de treinta años de experiencia en la defensa de víctimas. Nuestro despacho está en Puerto Real. Contáctenos para analizar su situación.