Abogados de Revisión de Contratos y Escrituras Inmobiliarias en Cádiz
En TAMAYO ABOGADOS revisamos, negociamos e impugnamos contratos y escrituras inmobiliarias en toda la provincia de Cádiz: compraventas, arras, arrendamientos, hipotecas, permutas, contratos de obras y contratos con promotores. Detectamos cláusulas abusivas, identificamos riesgos jurídicos antes de la firma y defendemos los intereses del cliente cuando el contrato ya firmado contiene condiciones contrarias a derecho. Aplicamos el Código Civil, la Ley 5/2019 de contratos de crédito inmobiliario, la Ley 12/2023 de vivienda y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TJUE.
Firmar un contrato inmobiliario sin revisión jurídica es uno de los errores más costosos que puede cometer un particular. Los profesionales del sector (promotores, agencias, entidades bancarias) cuentan con departamentos jurídicos que redactan contratos que protegen sus intereses. Sin asesoramiento especializado, la otra parte firma sin conocer las consecuencias reales de lo que asume. Nuestro despacho equilibra esa asimetría.
Contratos que Revisamos y Negociamos
Contratos de Compraventa
Revisión de contratos privados de compraventa, arras penitenciales y promesas de compraventa: cargas ocultas, gastos, penalizaciones y condiciones resolutorias.
- Verificación de cargas registrales
- Distribución equitativa de gastos
- Cláusulas de protección del comprador
Hipotecas y Escrituras
Revisión de escrituras de préstamo hipotecario: cláusulas abusivas (suelo, gastos, vencimiento anticipado) y reclamación conforme a la Ley 5/2019.
- Identificación de cláusulas abusivas
- Reclamación de gastos hipotecarios
- Negociación con entidad bancaria
Contratos de Obra y Reforma
Revisión de contratos con constructores y reformistas: definición de trabajos, precio, plazo, garantías de ejecución y responsabilidades.
- Memoria descriptiva de trabajos
- Retención de garantía
- Penalizaciones por demora
Contratos con Promotores
Revisión de contratos de compraventa de obra nueva con promotores: cantidades a cuenta, avales, plazos de entrega y garantías de la LOE.
- Aval de cantidades anticipadas
- Plazos de entrega y penalizaciones
- Garantías decenal y bienal LOE
Normativa Aplicable
La revisión de contratos inmobiliarios se apoya en el Código Civil (artículos 1254 y ss. sobre contratos; artículos 1445 y ss. sobre compraventa; artículos 1554 y ss. sobre arrendamiento), la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU), modificada por la Ley 12/2023 de Vivienda, la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (que establece nuevas obligaciones de transparencia para los prestamistas), el Real Decreto Legislativo 1/2007 (LGDCU) y la directiva europea sobre cláusulas abusivas (Directiva 93/13/CEE), la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre cláusulas abusivas en contratos hipotecarios y de compraventa inmobiliaria.
Preguntas Frecuentes sobre Revisión de Contratos Inmobiliarios
¿Por qué debo revisar el contrato antes de firmarlo?
Los contratos redactados por promotores, agencias o entidades bancarias protegen los intereses de esas partes. Sin revisión jurídica previa puede asumir obligaciones desproporcionadas, renunciar a derechos legalmente reconocidos o quedar vinculado por cláusulas abusivas muy costosas de impugnar después. La revisión previa es la forma más económica de protegerse.
¿Qué documentación verificáis antes de la firma de compraventa?
Como mínimo: nota simple del Registro de la Propiedad (cargas y titularidad), recibo del IBI (deudas tributarias), certificado de la comunidad de propietarios (deudas de cuotas y derramas), estatutos de la comunidad, certificado de eficiencia energética y, en obra nueva, libro del edificio y licencia de primera ocupación.
¿Puede impugnarse una escritura ya firmada?
Sí. Las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho (artículo 83 LGDCU). En préstamos hipotecarios pueden reclamarse los gastos hipotecarios (STS 23 enero 2019), la cláusula suelo (STJUE 21 diciembre 2016), intereses de demora desproporcionados (STS 22 abril 2015) y otras cláusulas contrarias a la Ley 5/2019 o al Código Civil.
¿Qué debe incluir obligatoriamente un contrato de obra o reforma?
Descripción exacta de los trabajos (memoria o planos de referencia), precio total y forma de pago con hitos vinculados al avance, plazo de ejecución y penalizaciones por demora, garantías de vicios ocultos conforme al artículo 1591 CC y artículo 17 LOE, gestión de licencias y responsabilidad ante terceros, y causas de resolución del contrato.
¿Qué garantías tengo si compro una vivienda de obra nueva?
Conforme al artículo 17 de la Ley 38/1999 (LOE): garantía decenal por daños estructurales (diez años), garantía trienal por habitabilidad (tres años) y garantía anual por defectos de acabado (un año). Además, las cantidades entregadas a cuenta antes de la escritura deben estar garantizadas mediante aval bancario conforme a la Ley 20/2015.
Esta página forma parte de nuestra sección de Derecho Inmobiliario en Cádiz, donde también encontrará información sobre compraventa de inmuebles, vicios ocultos, arrendamientos urbanos, comunidades de propietarios y reclamaciones a cooperativas.
¿Necesita Revisar un Contrato Inmobiliario antes de Firmarlo?
Analizamos cada cláusula y le explicamos las consecuencias reales de lo que va a firmar, identificando los riesgos y negociando las modificaciones necesarias.