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Guía Definitiva: Compra de Viviendas en Subasta Judicial en Cádiz

Las subastas judiciales representan una oportunidad única en el mercado inmobiliario gaditano, requiriendo un profundo conocimiento del marco legal vigente. En Tamayo Abogados, expertos en derecho inmobiliario en Cádiz, analizamos las claves jurídicas y procesales para garantizar una inversión segura.


Marco Jurídico y Procedimiento

El procedimiento de subasta judicial está regulado principalmente por la Ley de Enjuiciamiento Civil en sus artículos 655 a 675, modificada sustancialmente por la Ley 19/2015, que introdujo el sistema de subastas electrónicas. Esta normativa, junto con el Real Decreto 1011/2015 que desarrolla el Portal de Subastas, ha transformado radicalmente el panorama de las subastas en Cádiz.


La Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil establece en su artículo 643 que las subastas se realizarán de forma electrónica en el Portal de Subastas dependiente de la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado. Este sistema ha democratizado el acceso pero también ha incrementado la complejidad técnica y jurídica del proceso.


Investigación y Garantías Legales

La diligencia debida en la investigación previa encuentra su fundamento en el artículo 669 de la LEC, que establece el derecho del licitador a examinar los autos en la Oficina judicial. El Código Civil, en sus artículos 1461 y siguientes, regula las garantías en la compraventa, aplicables también a las adquisiciones en subasta judicial.


El Real Decreto Legislativo 7/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, resulta fundamental para verificar la situación urbanística del inmueble, especialmente relevante en el contexto histórico de Cádiz.


Proceso de Adjudicación

La adjudicación se rige por el artículo 670 de la LEC, que establece los porcentajes mínimos de adjudicación respecto al valor de tasación. El régimen de cesión de remate, regulado en el artículo 647.3 de la LEC, ofrece importantes oportunidades estratégicas para los inversores profesionales.


La inscripción del auto de adjudicación encuentra su marco legal en la Ley Hipotecaria, especialmente en sus artículos 133 y 134, complementados por el artículo 674 de la LEC, que regula el título inscribible.

Régimen de Cargas y Cancelaciones


El artículo 668 de la LEC establece la subrogación del adquirente en las cargas anteriores al crédito por el que se ejecuta. La cancelación de cargas posteriores, regulada en el artículo 674 de la LEC y el artículo 134 de la Ley Hipotecaria, requiere un análisis detallado de la certificación de cargas emitida por el Registro de la Propiedad.


Recomendaciones y Consideraciones Finales

La inversión en subastas judiciales en Cádiz exige un profundo conocimiento tanto del marco normativo general como de las peculiaridades locales, especialmente considerando la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía y las ordenanzas municipales específicas que afectan a gran parte del parque inmobiliario gaditano.


En Tamayo Abogados ofrecemos un servicio integral que garantiza el cumplimiento de todos los requisitos legales y procesales, desde la evaluación inicial hasta la inscripción registral definitiva.


¿Está considerando invertir en una vivienda mediante subasta judicial en Cádiz? En Tamayo Abogados le ofrecemos el asesoramiento especializado que garantiza la seguridad jurídica de su inversión.



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